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ÁREA DE ÉTICA PROFESIONAL
Y DE LEGISLACIÓN SOBRE TIC
Propuesta elaborada por
ATI acerca de los proyectos de legislación europea sobre Patentabilidad
del Software, para su discusión por CEPIS
(Council of European Professional Informatics Societies)
CEPIS y las patentes sobre las invenciones implementadas
en ordenador
Propuesta de acción de ATI English
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Índice
Panorámica
de las invenciones implementadas en ordenador
El desarrollo de los programas de ordenador (llamados "invenciones
implementadas en ordenador" en la propuesta de directiva sobre patentes
de software), requiere considerables recursos humanos, técnicos
y financieros. Sin embargo, estos programas pueden copiarse por una fracción
del coste de desarrollo, y no están igualmente protegidos en todos
los estados miembros de la Unión Europea por la legislación
actual. Estas diferencias tienen un efecto negativo sobre el mercado común
en lo que respecta a una tecnología fundamental.
El conocimiento es caro de producir, pero barato de reproducir,
justo al contrario de lo que ocurre con los bienes materiales. Ya Marshall
observó hace tiempo que la naturaleza está sujeta a márgenes
decrecientes, mientras que el hombre está sujeto a márgenes
crecientes. Lo que está en realidad en discusión es la innovación
y la generación de conocimiento en el núcleo del debate.
Este es el motor central de toda la economía del conocimiento.
Las protecciones mediante patentes y derechos de autor
son complementarias. De forma muy general, las patentes protegen nuevas
ideas y principios técnicos, mientras que los derechos de autor
protegen la forma de expresión usada. Por ejemplo, una patente podría
proteger un nuevo tipo de papel, mientras que el contenido impreso de un
periódico estaría protegido por los derechos de autor. En
términos informáticos, el código (en formato binario
o en un formato inteligible para lectores humanos) estaría sujeto
a la protección de los derechos de autor, mientras que las ideas
técnicas subyacentes podrían estar cubiertas por patentes.
Por otro lado, un programa de ordenador conseguirá
protección de derechos de autor si la forma de expresión
es original en el sentido de ser la creación intelectual del propio
autor. Terceras partes no podrían producir un material que sea sustancialmente
el mismo que ha producido el autor original, incluso si utilizasen distintos
principios técnicos para ello. Pero una tercera parte podría
usar, copiar, adaptar o reescribir ese programa si paga los derechos correspondientes.
De la misma manera, un programa podría ser protegido
a la vez por la legislación de derechos de autor y de patentes.
Esta protección puede ser acumulativa sólo en el sentido
de que acto que suponga la explotación de un programa particular
podría infringir tanto los derechos de autor del código como
una patente cuyas reivindicaciones cubran las ideas y principios subyacentes
de la invención que use el programa.
Situación
actual de la protección del software en Europa
El software para ordenadores se ha protegido tradicionalmente
en los estados europeos mediante derechos de autor. De hecho, la legislación
europea prohíbe explícitamente las patentes sobre software.
La Convención Europea de Patentes (CEP) dice que las patentes no
deberían concederse a programas de ordenador como tales. Sin embargo,
los ordenadores son por si mismos máquinas como otros dispositivos
tecnológicos. A lo largo de los años, los tribunales nacionales
han decidido que no hay razones por las que una patente no deba ser concedida
para una máquina programada para desarrollar cierta función
técnica, o un proceso técnico llevado a cabo usando un ordenador
o una máquina similar. Pero igual que en el caso de otras invenciones,
necesita ser algo nuevo y no obvio.
Es importante resaltar que la CEP afecta a sus 26 estados
miembro y a 5 llamados ``miembros extendidos''. La Oficina Europea de Patentes
(OEP), un resultado de la CEP, no es una institución de la Unión
Europea, y por lo tanto no está vinculada por una directiva de la
Unión. Sin embargo, como todos los estados de la Unión Europea
(y también los estados candidatos) son también firmantes
de la CEP, una directiva sobre patentes de software afectaría, por
supuesto, en gran medida a la actuación y a las prácticas
de la OEP.
Mientras que en general los derechos de autor dan al dueño,
entre otros, el derecho a percibir una cantidad por la copia o uso de su
obra, pero no el derecho de evitar esa copia o ese uso si se ha realizado
el pago, la legislación sobre patentes da al dueño de una
patente sobre una invención implementada en ordenador el derecho
a evitar que terceras partes usen programas que incorporen cualquier nueva
tecnología, si está incluida en las reivindicaciones de la
mencionada patente.
La propuesta de
patente europea y la innovación en el software
Aquí es donde radica el mayor problema de la iniciativa
de la Comisión Europea, al proponer una directiva para la patentabilidad
de las invenciones implementadas en ordenador que necesariamente disminuirá
las posibilidades de incremento de de la innovación de las empresas
y los ciudadanos europeos en el campo de las tecnologías de la información,
y particularmente en el campo del software de ordenador.
Hay una falta absoluta de conocimiento global, debidamente
organizado, sobre las técnicas y tecnologías disponibles,
y en el dominio público, sobre software de ordenadores. El estado
del arte se conoce normalmente bien, pero no hay una sola base de datos
que cubra todas las patentes ya concedidas por la Oficina de Patentes Europea,
por la Oficina de Patentes de EE.UU. y por las equivalentes de otros estados
en el campo del software. Por lo tanto, las oficinas de patentes de los
diferentes países y los peticionarios de patentes se encuentran
ante la enorme dificultad de encontrar detalles sobre el arte previo, incluso
si existe, de forma que no hay garantías de que una patente no sea
concedida a un programa ya existente. Pero, lo que es peor, cualquier desarrollador
de un programa de ordenador podría encontrarse con que está
infringiendo una patente sin saberlo, y aún peor, podría
ver prohibida la explotación de su propio trabajo, y el progreso
de su propia tecnología.
La naturaleza intelectual del software de ordenadores
marca una gran dificultad en la aceptación del uso de los derechos
de patente actuales para su protección. O bien el uso de los derechos
de autor continúa o bien se desarrolla un concepto completamente
nuevo de legislación de patentes, que no otorgue monopolios de explotación.
En resumen, la Comisión Europea está proponiendo
una nueva directiva que, a pesar de las alegaciones de los que la defienden,
introducirá patentes de software en Europa, en unos términos
muy similares a los de EE.UU. Esta introducción está teniendo
lugar sin que las partes afectadas sean informadas, y sin campañas
informativas serias para mostrar todos los beneficios y los problemas que
podría causar, de una forma equilibrada. Y por supuesto, sin dejar
que todas estas partes (incluyendo especialmente a los profesionales de
las TI y las PYMEs relacionadas con las TI) den su opinión informada
sobre este asunto.
Cómo afecta
la directiva de patentes a los profesionales informáticos
La propuesta de directiva sobre las patentes de programación
es probablemente el mayor cambio individual en la regulación de
la industria del software europeo desde su nacimiento. El impacto sobre
los profesionales de las TI si es aprobada finalmente no será despreciable,
por varias razones:
-
Para comenzar, los profesionales de las TI tienen poco que
ganar. En nuestro entorno profesional es realmente raro que una persona
individual pida una patente. En la mayoría de los casos, son empresas
quienes piden las patentes relacionadas con los desarrollos hechos por
sus empleados. Desde un punto de vista egoísta, las patentes no
producirán ningún beneficio para la mayoría de nosotros.
-
Desde un punto de vista más general, las patentes
de software causarían un desplazamiento en la influencia e importancia
de los profesionales de TI hacia los especialistas en propiedad industrial.
Ahora, cuando se desarrolla un nuevo producto software, los ingenieros
son una de las partes más influyentes. Si las patentes de programación
entran en el juego, antes incluso de que un ingeniero pueda empezar a trabajar
en un proyecto, un jurista debería estudiar el campo, haciendo estudios
y búsquedas de patentes. Cualquier trabajo que se haga debería
validarse por especialistas en patentes. Los profesionales de TI ya no
serían capaces de decidir qué tecnología es mejor
para un producto teniendo en cuenta sólo factores económicos
y técnicos. La opinión de los juristas (por ejemplo, sobre
la exposición a demandas por infracción de patentes) sería
también de gran importancia.
-
Los profesionales de TI están mejor cualificados para
juzgar sobre la influencia de las patentes de software sobre la innovación
en TI. Actualmente, el debate sobre la conveniencia o no de las patentes
de software está sobre todo en las manos de juristas (aunque afortunadamente
cada vez más ingenieros están entrando en este campo), que
están decidiendo qué podremos hacer en nuestro trabajo diario.
Deberíamos, como mínimo, estar ayudando a dar forma a nuestro
futuro como profesionales. Además, deberíamos estar explicando
a la sociedad las implicaciones de estas medidas sobre los resultados de
la industria de las TI, su tasa de desarrollo, y en general el equilibrio
entre lo que necesita la sociedad en términos de innovación
y nuevos productos, y lo que pierde cuando otorga monopolios comerciales
sobre tecnologías.
Resumiendo, los profesionales de las TI nos veremos afectados
en nuestro trabajo diario, con poco que ganar, y viendo, en el mejor de
los casos, varios problemas para nosotros como profesionales, y para el
bien general de la sociedad. Además, y a pesar de la opinión
que tengamos sobre este asunto, no deberíamos dejar que estas decisiones
sean tomadas sin que nuestra opinión sea tenida en cuenta.
Propuesta de acción
Hay varias acciones posibles a seguir, en caso de que CEPIS
quiera ser un actor activo en este debate en Europa. A continuación,
algunas propuestas:
-
Debatir el tema en todas las organizaciones nacionales. En
la mayoría de los países europeos, a pesar del profundo impacto
que podrían tener los desarrollos en marcha sobre patentes de software
sobre los profesionales de las TI, hay poca preocupación sobre estos
temas. Informar a los profesionales, empresas y administraciones a nivel
nacional, y participar en la toma de decisiones sobre estos temas debería
ser de la máxima prioridad para los miembros nacionales de CEPIS.
-
Lanzar un grupo de trabajo de CEPIS sobre el tema, con el
objetivo de coordinar las acciones necesarias para escribir un informe
sobre él.
-
Unirse, coordinarse o apoyar las campañas que están
teniendo lugar a nivel europeo para informar a los que toman las decisiones
de los problemas que introducirán las patentes de software en el
panorama europeo de las TI.
-
Decidir sobre una declaración para que sea aprobada
por CEPIS y sus organizaciones nacionales al respecto del tema. Publicar
esta declaración e informar sobre ella a las instancias políticas
y a los medios. La declaración que en su día aprobó
ATI podría ser utilizada como un borrador.
-
Tratar de influir a nivel de la Comisión Europea (especialmente
DG-INFO y DG-Competition) y a nivel del Parlamento Europeo. Un cambio tal
en el marco jurídico de la industria del software no debería
decidirse sin escuchar (y tener en cuenta) las opiniones de los profesionales
europeos de las TI. Tratar de unirse a (o crear, si no existieran) grupos
de trabajo sobre este tema, tanto a nivel europeo como nacional.
-
Tratar de informar a las PYMEs relacionadas con las TI de
los problemas de la propuesta de directiva. Las PYMEs serían probablemente
la parte más perjudicada si la directiva se aprueba como está
ahora. Tratar de coordinar esfuerzos con ellos.
Referencias generales
-
Grupo sobre patentes de software de FFII. Probablemente la
información mejor compilada sobre patentes de software y el proceso
de la propuesta de directiva. Además, información sobre las
campañas contra las patentes de software en Alemania y a nivel europeo
(en inglés, alemán, francés y parcialmente en otros
idiomas): <http://swpat.ffii.org>
-
Petición de EuroLinux por una Europa libre de patentes
de software. Más de 140.000 firmas contra las patentes de software
en Europa (varios idiomas): <http://petition.eurolinux.org/index_html>
-
SoftwarePatenter. Información sobre patentes de software
y las campañas en los países nórdicos contra la propuesta
de directiva (en danés): <http://softwarepatenter.dk/>
-
ProInnova. Información sobre patentes de software
y las campañas en España contra las patentes de software
(español): <http://proinnova.hispalinux.es>
-
Grupo sobre patentes de software de Caliu. Información
sobre patentes de software y las campañas en Cataluña y a
nivel Europeo (catalán): <http://www.caliu.info/Caliu/Patents/>
-
Sección sobre patentes de software de la LPF. Información
sobre patentes de software y la situación en los Estados Unidos
(inglés): <http://lpf.ai.mit.edu/Patents/patents.htm>
-
FreePatents. Noticias e informes sobre la situación
de las patentes de software en Europa (inglés): <http://www.freepatents.org/>
Referencias (información
seleccionada sobre temas específicos)
-
Análisis detallado de la propuesta de directiva sobre
patentes de software. Incluye el texto literal de la propuesta de directiva,
comentarios sobre él, y una propuesta de un texto alternativo que
dejaría el software fuera del ámbito de la patentabilidad
(inglés, alemán, francés): <http://swpat.ffii.org/vreji/papri/eubsa-swpat0202/>
-
Petición (llamada a la acción) de FFII, relacionada
con la propuesta de directiva y firmada por varias organizaciones y personalidades
(inglés y varios otros lenguajes): <http://swpat.ffii.org/papers/eubsa-swpat0202/demands/index.en.html>
-
`"11 Questions on software patentabily issues in Europe and
the US", de Philippe Aigrain. Texto corto que responde a las preguntas
más habituales sobre las patentes de software (inglés): <http://cip.umd.edu/Aigrain.htm>
-
"Software Useright: Solving Inconsistencies of Software Patents",
de Jean Paul Smets. Un artículo ``todo en uno'' sobre las patentes
de software, incluyendo aspectos legales, económicos, técnicos
y de negocio (inglés): <http://www.smets.com/it/policy/useright/useright.pdf>
-
"European Software Patents: Assorted Examples". Selección
de patentes ya concedidas por la Oficina Europea de Patentes (y probablmente
ilegales, de acuerdo con la Convención europea de patentes), que
serían (probablemente) legales si la propuesta de directiva se convierte
en directiva con la redacción actual (inglés): <http://swpat.ffii.org/patents/samples/index.en.html>
-
"Sequential Innovation, Patents, and Imitation", de James
Bessen, Eric Maskin (MIT y Harvard). Uno de los pocos estudios detallados
y profundos sobre la economía de las patentes de software (y otras
patentes similares) (inglés): <http://swpat.ffii.org/papri/bessenmaskin00/index.en.html>
-
Noticias relacionadas con las patentes de software (inglés,
alemán y otros idiomas): <http://swpat.ffii.org/news/index.en.html>
Abril 2003
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