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ÁREA DE ÉTICA PROFESIONAL Y DE LEGISLACIÓN SOBRE TIC



Propuesta elaborada por ATI acerca de los proyectos de legislación europea sobre Patentabilidad del Software, para su discusión por CEPIS (Council of European Professional Informatics Societies)
 

CEPIS y las patentes sobre las invenciones implementadas en ordenador
Propuesta de acción de ATI English version / Versión en inglés
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Índice

Panorámica de las invenciones implementadas en ordenador

El desarrollo de los programas de ordenador (llamados "invenciones implementadas en ordenador" en la propuesta de directiva sobre patentes de software), requiere considerables recursos humanos, técnicos y financieros. Sin embargo, estos programas pueden copiarse por una fracción del coste de desarrollo, y no están igualmente protegidos en todos los estados miembros de la Unión Europea por la legislación actual. Estas diferencias tienen un efecto negativo sobre el mercado común en lo que respecta a una tecnología fundamental. 

El conocimiento es caro de producir, pero barato de reproducir, justo al contrario de lo que ocurre con los bienes materiales. Ya Marshall observó hace tiempo que la naturaleza está sujeta a márgenes decrecientes, mientras que el hombre está sujeto a márgenes crecientes. Lo que está en realidad en discusión es la innovación y la generación de conocimiento en el núcleo del debate. Este es el motor central de toda la economía del conocimiento. 

Las protecciones mediante patentes y derechos de autor son complementarias. De forma muy general, las patentes protegen nuevas ideas y principios técnicos, mientras que los derechos de autor protegen la forma de expresión usada. Por ejemplo, una patente podría proteger un nuevo tipo de papel, mientras que el contenido impreso de un periódico estaría protegido por los derechos de autor. En términos informáticos, el código (en formato binario o en un formato inteligible para lectores humanos) estaría sujeto a la protección de los derechos de autor, mientras que las ideas técnicas subyacentes podrían estar cubiertas por patentes. 

Por otro lado, un programa de ordenador conseguirá protección de derechos de autor si la forma de expresión es original en el sentido de ser la creación intelectual del propio autor. Terceras partes no podrían producir un material que sea sustancialmente el mismo que ha producido el autor original, incluso si utilizasen distintos principios técnicos para ello. Pero una tercera parte podría usar, copiar, adaptar o reescribir ese programa si paga los derechos correspondientes. 

De la misma manera, un programa podría ser protegido a la vez por la legislación de derechos de autor y de patentes. Esta protección puede ser acumulativa sólo en el sentido de que acto que suponga la explotación de un programa particular podría infringir tanto los derechos de autor del código como una patente cuyas reivindicaciones cubran las ideas y principios subyacentes de la invención que use el programa. 

Situación actual de la protección del software en Europa

El software para ordenadores se ha protegido tradicionalmente en los estados europeos mediante derechos de autor. De hecho, la legislación europea prohíbe explícitamente las patentes sobre software. La Convención Europea de Patentes (CEP) dice que las patentes no deberían concederse a programas de ordenador como tales. Sin embargo, los ordenadores son por si mismos máquinas como otros dispositivos tecnológicos. A lo largo de los años, los tribunales nacionales han decidido que no hay razones por las que una patente no deba ser concedida para una máquina programada para desarrollar cierta función técnica, o un proceso técnico llevado a cabo usando un ordenador o una máquina similar. Pero igual que en el caso de otras invenciones, necesita ser algo nuevo y no obvio. 

Es importante resaltar que la CEP afecta a sus 26 estados miembro y a 5 llamados ``miembros extendidos''. La Oficina Europea de Patentes (OEP), un resultado de la CEP, no es una institución de la Unión Europea, y por lo tanto no está vinculada por una directiva de la Unión. Sin embargo, como todos los estados de la Unión Europea (y también los estados candidatos) son también firmantes de la CEP, una directiva sobre patentes de software afectaría, por supuesto, en gran medida a la actuación y a las prácticas de la OEP. 

Mientras que en general los derechos de autor dan al dueño, entre otros, el derecho a percibir una cantidad por la copia o uso de su obra, pero no el derecho de evitar esa copia o ese uso si se ha realizado el pago, la legislación sobre patentes da al dueño de una patente sobre una invención implementada en ordenador el derecho a evitar que terceras partes usen programas que incorporen cualquier nueva tecnología, si está incluida en las reivindicaciones de la mencionada patente. 

La propuesta de patente europea y la innovación en el software

Aquí es donde radica el mayor problema de la iniciativa de la Comisión Europea, al proponer una directiva para la patentabilidad de las invenciones implementadas en ordenador que necesariamente disminuirá las posibilidades de incremento de de la innovación de las empresas y los ciudadanos europeos en el campo de las tecnologías de la información, y particularmente en el campo del software de ordenador. 

Hay una falta absoluta de conocimiento global, debidamente organizado, sobre las técnicas y tecnologías disponibles, y en el dominio público, sobre software de ordenadores. El estado del arte se conoce normalmente bien, pero no hay una sola base de datos que cubra todas las patentes ya concedidas por la Oficina de Patentes Europea, por la Oficina de Patentes de EE.UU. y por las equivalentes de otros estados en el campo del software. Por lo tanto, las oficinas de patentes de los diferentes países y los peticionarios de patentes se encuentran ante la enorme dificultad de encontrar detalles sobre el arte previo, incluso si existe, de forma que no hay garantías de que una patente no sea concedida a un programa ya existente. Pero, lo que es peor, cualquier desarrollador de un programa de ordenador podría encontrarse con que está infringiendo una patente sin saberlo, y aún peor, podría ver prohibida la explotación de su propio trabajo, y el progreso de su propia tecnología. 

La naturaleza intelectual del software de ordenadores marca una gran dificultad en la aceptación del uso de los derechos de patente actuales para su protección. O bien el uso de los derechos de autor continúa o bien se desarrolla un concepto completamente nuevo de legislación de patentes, que no otorgue monopolios de explotación. 

En resumen, la Comisión Europea está proponiendo una nueva directiva que, a pesar de las alegaciones de los que la defienden, introducirá patentes de software en Europa, en unos términos muy similares a los de EE.UU. Esta introducción está teniendo lugar sin que las partes afectadas sean informadas, y sin campañas informativas serias para mostrar todos los beneficios y los problemas que podría causar, de una forma equilibrada. Y por supuesto, sin dejar que todas estas partes (incluyendo especialmente a los profesionales de las TI y las PYMEs relacionadas con las TI) den su opinión informada sobre este asunto. 

Cómo afecta la directiva de patentes a los profesionales informáticos

La propuesta de directiva sobre las patentes de programación es probablemente el mayor cambio individual en la regulación de la industria del software europeo desde su nacimiento. El impacto sobre los profesionales de las TI si es aprobada finalmente no será despreciable, por varias razones: 
  • Para comenzar, los profesionales de las TI tienen poco que ganar. En nuestro entorno profesional es realmente raro que una persona individual pida una patente. En la mayoría de los casos, son empresas quienes piden las patentes relacionadas con los desarrollos hechos por sus empleados. Desde un punto de vista egoísta, las patentes no producirán ningún beneficio para la mayoría de nosotros. 
  • Desde un punto de vista más general, las patentes de software causarían un desplazamiento en la influencia e importancia de los profesionales de TI hacia los especialistas en propiedad industrial. Ahora, cuando se desarrolla un nuevo producto software, los ingenieros son una de las partes más influyentes. Si las patentes de programación entran en el juego, antes incluso de que un ingeniero pueda empezar a trabajar en un proyecto, un jurista debería estudiar el campo, haciendo estudios y búsquedas de patentes. Cualquier trabajo que se haga debería validarse por especialistas en patentes. Los profesionales de TI ya no serían capaces de decidir qué tecnología es mejor para un producto teniendo en cuenta sólo factores económicos y técnicos. La opinión de los juristas (por ejemplo, sobre la exposición a demandas por infracción de patentes) sería también de gran importancia. 
  • Los profesionales de TI están mejor cualificados para juzgar sobre la influencia de las patentes de software sobre la innovación en TI. Actualmente, el debate sobre la conveniencia o no de las patentes de software está sobre todo en las manos de juristas (aunque afortunadamente cada vez más ingenieros están entrando en este campo), que están decidiendo qué podremos hacer en nuestro trabajo diario. Deberíamos, como mínimo, estar ayudando a dar forma a nuestro futuro como profesionales. Además, deberíamos estar explicando a la sociedad las implicaciones de estas medidas sobre los resultados de la industria de las TI, su tasa de desarrollo, y en general el equilibrio entre lo que necesita la sociedad en términos de innovación y nuevos productos, y lo que pierde cuando otorga monopolios comerciales sobre tecnologías.
Resumiendo, los profesionales de las TI nos veremos afectados en nuestro trabajo diario, con poco que ganar, y viendo, en el mejor de los casos, varios problemas para nosotros como profesionales, y para el bien general de la sociedad. Además, y a pesar de la opinión que tengamos sobre este asunto, no deberíamos dejar que estas decisiones sean tomadas sin que nuestra opinión sea tenida en cuenta. 

Propuesta de acción

Hay varias acciones posibles a seguir, en caso de que CEPIS quiera ser un actor activo en este debate en Europa. A continuación, algunas propuestas: 
  • Debatir el tema en todas las organizaciones nacionales. En la mayoría de los países europeos, a pesar del profundo impacto que podrían tener los desarrollos en marcha sobre patentes de software sobre los profesionales de las TI, hay poca preocupación sobre estos temas. Informar a los profesionales, empresas y administraciones a nivel nacional, y participar en la toma de decisiones sobre estos temas debería ser de la máxima prioridad para los miembros nacionales de CEPIS. 
  • Lanzar un grupo de trabajo de CEPIS sobre el tema, con el objetivo de coordinar las acciones necesarias para escribir un informe sobre él.
  • Unirse, coordinarse o apoyar las campañas que están teniendo lugar a nivel europeo para informar a los que toman las decisiones de los problemas que introducirán las patentes de software en el panorama europeo de las TI.
  • Decidir sobre una declaración para que sea aprobada por CEPIS y sus organizaciones nacionales al respecto del tema. Publicar esta declaración e informar sobre ella a las instancias políticas y a los medios. La declaración que en su día aprobó ATI podría ser utilizada como un borrador.
  • Tratar de influir a nivel de la Comisión Europea (especialmente DG-INFO y DG-Competition) y a nivel del Parlamento Europeo. Un cambio tal en el marco jurídico de la industria del software no debería decidirse sin escuchar (y tener en cuenta) las opiniones de los profesionales europeos de las TI. Tratar de unirse a (o crear, si no existieran) grupos de trabajo sobre este tema, tanto a nivel europeo como nacional.
  • Tratar de informar a las PYMEs relacionadas con las TI de los problemas de la propuesta de directiva. Las PYMEs serían probablemente la parte más perjudicada si la directiva se aprueba como está ahora. Tratar de coordinar esfuerzos con ellos.

Referencias generales

  • Grupo sobre patentes de software de FFII. Probablemente la información mejor compilada sobre patentes de software y el proceso de la propuesta de directiva. Además, información sobre las campañas contra las patentes de software en Alemania y a nivel europeo (en inglés, alemán, francés y parcialmente en otros idiomas): <http://swpat.ffii.org>
  • Petición de EuroLinux por una Europa libre de patentes de software. Más de 140.000 firmas contra las patentes de software en Europa (varios idiomas): <http://petition.eurolinux.org/index_html>
  • SoftwarePatenter. Información sobre patentes de software y las campañas en los países nórdicos contra la propuesta de directiva (en danés): <http://softwarepatenter.dk/>
  • ProInnova. Información sobre patentes de software y las campañas en España contra las patentes de software (español): <http://proinnova.hispalinux.es>
  • Grupo sobre patentes de software de Caliu. Información sobre patentes de software y las campañas en Cataluña y a nivel Europeo (catalán): <http://www.caliu.info/Caliu/Patents/>
  • Sección sobre patentes de software de la LPF. Información sobre patentes de software y la situación en los Estados Unidos (inglés): <http://lpf.ai.mit.edu/Patents/patents.htm>
  • FreePatents. Noticias e informes sobre la situación de las patentes de software en Europa (inglés): <http://www.freepatents.org/>

Referencias (información seleccionada sobre temas específicos)

  • Análisis detallado de la propuesta de directiva sobre patentes de software. Incluye el texto literal de la propuesta de directiva, comentarios sobre él, y una propuesta de un texto alternativo que dejaría el software fuera del ámbito de la patentabilidad (inglés, alemán, francés): <http://swpat.ffii.org/vreji/papri/eubsa-swpat0202/>
  • Petición (llamada a la acción) de FFII, relacionada con la propuesta de directiva y firmada por varias organizaciones y personalidades (inglés y varios otros lenguajes): <http://swpat.ffii.org/papers/eubsa-swpat0202/demands/index.en.html>
  • `"11 Questions on software patentabily issues in Europe and the US", de Philippe Aigrain. Texto corto que responde a las preguntas más habituales sobre las patentes de software (inglés): <http://cip.umd.edu/Aigrain.htm>
  • "Software Useright: Solving Inconsistencies of Software Patents", de Jean Paul Smets. Un artículo ``todo en uno'' sobre las patentes de software, incluyendo aspectos legales, económicos, técnicos y de negocio (inglés): <http://www.smets.com/it/policy/useright/useright.pdf>
  • "European Software Patents: Assorted Examples". Selección de patentes ya concedidas por la Oficina Europea de Patentes (y probablmente ilegales, de acuerdo con la Convención europea de patentes), que serían (probablemente) legales si la propuesta de directiva se convierte en directiva con la redacción actual (inglés): <http://swpat.ffii.org/patents/samples/index.en.html>
  • "Sequential Innovation, Patents, and Imitation", de James Bessen, Eric Maskin (MIT y Harvard). Uno de los pocos estudios detallados y profundos sobre la economía de las patentes de software (y otras patentes similares) (inglés): <http://swpat.ffii.org/papri/bessenmaskin00/index.en.html>
  • Noticias relacionadas con las patentes de software (inglés, alemán y otros idiomas): <http://swpat.ffii.org/news/index.en.html>


Abril 2003 

 



Última actualización: 26 de junio de 2003
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