INSTRUCCIONES PARA
CUMPLIMENTAR LA ORDEN DE DOMICILIACIÓN DE ADEUDO DIRECTO SEPA
En cumplimiento de la
normativa SEPA (Single European Payment Area), la
autorización para la domiciliación de adeudos bancarios, ha de hacerse
según el modelo normalizado "Orden de
domiciliación de Adeudo Directo
SEPA" disponible en http://www.ati.es/sepa
Esto afectará a todos los socios que se den de alta a partir del día 1
de febrero 2014 en alguna de las tipologías con cuota económica o se
inscriba a uno de los servicios sujetos a domiciliación bancaria.
>> Cumplimentación de la Orden
Es importante subrayar que, sin esta orden debidamente cumplimentada,
no se le podrá girar ningún recibo, por lo que es esencial que éste
quede bien cumplimentado.
- Se deberán cumplimentar los campos del Deudor de la Orden. El
campo de firma manuscrita puede quedar en blanco si se remite con firma
electrónica reconocida.
- Una vez cumplimentada la Orden se puede:
A) Imprimir en papel y
añadir firma manuscrita para remitir por correo
postal a la Secretaría General de ATI.
B) Firmar el documento con una firma electrónica reconocida (que
equivalga a firma manuscrita según la ley española) y seguir las
instrucciones del formulario que le haya solicitado la orden de
domiciliación.
C) Firmar el documento con una firma electrónica reconocida (que
equivalga a firma manuscrita según la ley española) y enviarlo por
correo electrónico a secregen@ati.es.
Nota: Puede encontrar herramientas para calcular IBAN y BIC en http://www.sepaesp.es/sepa/es/herram-conv/
>> Los ficheros de la orden de domiciliación
Hemos facilitado dos versiones de la orden de domiciliación:
A) Una destinada a ser impresa, cumplimentada a mano y
enviada por correo postal.
B) Otra que permite cumplimentar el formulario,
validarlo, imprimirlo y enviarlo con firma electrónica por correo
electrónico.
Esta segunda ha sido probada con la solución de escritorio Acrobat
Reader. Abierto directamente desde algunos navegadores web puede ser
cumplimentado pero tiene limitadas las funciones avanzadas.
Dependiendo de su lector de ficheros PDF, el proceso que se desencadena
al pulsar el botón de "Firmar y
enviar por correo electrónico" puede
ser muy diferente.
Si no está habituado a este tipo de formularios, recomendamos escoger
los pasos que le permitan obtener el fichero xml con sus respuestas del
formulario firmadas y una vez que tiene guardado ese fichero, enviarlo
a secregen@ati.es desde su
cliente de correo electrónico habitual.
Si dispone de un certificado digital pero, por los motivos que sea, el
formulario no le genera el fichero xml, puede guardar el formulario
cumplimentado, firmarlo electrónicamente y enviarlo. Secretaría General
de ATI determinará si los ficheros recibidos pueden considerarse
válidos.
Información: secregen@ati.es.
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