En cumplimiento de la normativa SEPA (Single European Payment Area), la autorización para la domiciliación de adeudos bancarios, ha de hacerse según el modelo normalizado "Orden de domiciliación de Adeudo Directo SEPA" disponible en http://www.ati.es/sepa

Esto afectará a todos los socios que se den de alta a partir del día 1 de febrero 2014 en alguna de las tipologías con cuota económica o se inscriba a uno de los servicios sujetos a domiciliación bancaria.


>> CUMPLIMENTACIÓN DE LA ORDEN <<


Es importante subrayar que, sin esta orden debidamente cumplimentada, no se le podrá girar ningún recibo, por lo que es esencial que éste quede bien cumplimentado.

  • Se deberán cumplimentar los campos del Deudor de la Orden. El campo de firma manuscrita puede quedar en blanco si se remite con firma electrónica reconocida.

  • Una vez cumplimentada la Orden se puede:
    • A) Imprimir en papel y añadir firma manuscrita para remitir por correo postal a la Secretaría General de ATI.
    • B) Firmar el documento con una firma electrónica reconocida (que equivalga a firma manuscrita según la ley española) y seguir las instrucciones del formulario que le haya solicitado la orden de domiciliación.
    • C) Firmar el documento con una firma electrónica reconocida (que equivalga a firma manuscrita según la ley española) y enviarlo por correo electrónico a alta@atinet.es.

* Nota: Puede encontrar herramientas para calcular IBAN y BIC en:
http://www.sepaesp.es/sepa/es/herram-conv/


>> LOS FICHEROS DE LA ORDEN DE DOMICILIACIÓN <<


Hemos facilitado dos versiones de la orden de domiciliación:

Esta segunda ha sido probada con la solución de escritorio Acrobat Reader. Abierto directamente desde algunos navegadores web puede ser cumplimentado pero tiene limitadas las funciones avanzadas.

Dependiendo de su lector de ficheros PDF, el proceso que se desencadena al pulsar el botón de "Firmar y enviar por correo electrónico" puede ser muy diferente.

Si no está habituado a este tipo de formularios, recomendamos escoger los pasos que le permitan obtener el fichero xml con sus respuestas del formulario firmadas y una vez que tiene guardado ese fichero, enviarlo a alta@atinet.es desde su cliente de correo electrónico habitual.

Si dispone de un certificado digital pero, por los motivos que sea, el formulario no le genera el fichero xml, puede guardar el formulario cumplimentado, firmarlo electrónicamente y enviarlo. Secretaría General de ATI determinará si los ficheros recibidos pueden considerarse válidos.

Información: secregen@ati.es.