El Defensor del Pueblo desatiende por idoneidad las necesidades de la Sociedad de la Información
• El Defensor del Pueblo reconoce que el legislador pudo elegir otro sistema más óptimo (canon en los soportes originales), pero que simplemente no fue así.
• El Defensor de Pueblo se adhiere “a la razonable pretensión de que se implante un procedimiento sencillo, accesible y eficaz que permita el ejercicio de las exenciones al pago de la remuneración compensatoria” y ello por entender que hay razones de “equidad y justicia” para ello.
• Con el objetivo de duplicar la recogida de firmas contra el canon. Se inicia la campaña de comunicación “El canon te afecta, tu firma cuenta. todoscontraelcanon.es”, que culminará en el SIMO.
Madrid, 10 de octubre de 2006. La solicitud de interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la nueva LPI, planteada por la Plataforma “Todoscontraelcanon” al Defensor del Pueblo, ha sido desestimada por varios motivos que sorprendentemente no siempre se corresponden con lo solicitado.
En primer lugar, la Plataforma conoce perfectamente los planteamientos de la nueva LPI, sabe que así los “ha decidido el legislador”, pero entiende que lo hizo contrariando varios artículos de la CE en especial, lo dispuesto por el Artículo 51. 1. “Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.” Por ello denunciaba que los poderes públicos han promovido un sistema impositivo en unas condiciones calificables de todo tipo, menos favorables a los consumidores. Y es que aunque la Constitución permite desarrollos normativos “con arreglo a la Ley”, esto no implica que lo permita conforme a leyes inconstitucionales y vacías de garantías.
En segundo lugar, la Plataforma conoce perfectamente que los autores tienen derechos de contenido patrimonial “cuya determinación se vincula a hechos materiales, y no a las obras de que sean autores”. Por ello, no se denunció la licitud del canon, sino del sistema impositivo, por entender que afectaba derechos constitucionales de carácter social y económico. Se pedía al Defensor que tuviera en cuenta que hoy (Sociedad de la Información), “el hecho material originario de imposición del canon” (uso o reproducción de obras protegidas, sean del autor que sean) ha sido legislado precisamente sin “hechos materiales vinculados”, no hay ni obras ni autores (basta comprar tecnología), ni determinados ni indeterminados.
En tercer lugar, respecto de la irrenunciabilidad del derecho de los autores a cobrar un canon, la Plataforma no pretende que se suprima. Se denunciaba su confusa previsión en la norma, pues conllevará lamentables abusos en su aplicación. El cobro del canon es un derecho económico del autor, al que no se le puede obligar a renunciar (irrenunciable), pero que (siempre) puede elegir hacerlo o no efectivo. Una cosa es tener un derecho y otra muy distinta es el poder de decisión del titular para hacerlo efectivo, y si esto no se entiende, entonces “los que ocupan posiciones dominantes en el mercado” lo convertirán en ilimitado, como si de un derecho moral absoluto se tratase.
Por último, el Defensor del Pueblo resuelve que el legislador bien pudo elegir otro sistema más óptimo (canon en los soportes originales), pero que simplemente no fue así. También se adhiere “a la razonable pretensión de que se implante un procedimiento sencillo, accesible y eficaz que permita el ejercicio de las exenciones al pago de la remuneración compensatoria” y ello por entender que hay razones de “equidad y justicia” para ello.
La Plataforma por su parte considera que el legislador simplemente “optó” por la ocurrencia más cómoda, con independencia de que fuera la más eficiente, y que la “equidad y justicia” son razones más que suficientes para instar a las autoridades europeas a pronunciarse en este tema.
Inicio de la Campaña “El canon te afecta, tu firma cuenta. todoscontraelcanon.es”, que culminará en el SIMO
La plataforma todoscontraelcanon.es, ha puesto en marcha una campaña de comunicación bajo el lema “El canon te afecta, tu firma cuenta. todoscontraelcanon.es” para sensibilizar a la opinión publica sobre lo que implica la implantación del Canon Digital e influir en los que deben de negociar y legislar para que sean consciente de sus implicaciones.
El objetivo de dicha campaña es duplicar el número de firmas del manifiesto que defiende la plataforma, ya que parte de nuestro éxito, reside en tener un importante apoyo a nuestros postulados, que están recogidos en nuestro manifiesto.
La campaña concluirá con un acto en el SIMO, bajo el título “Hablemos del canon”, tendrá como finalidad informar y resolver todas las dudas que hay en la sociedad con respecto al canon digital.
Enlaces de interés:
Inicio campaña todoscontraelcanon.es
http://www.todoscontraelcanon.es/index.php?body=article&id_article=140
“Hablemos del canon” (SIMO)
http://www.todoscontraelcanon.es/index.php?body=article&id_article=141
Manifiesto de la plataforma
http://www.todoscontraelcanon.es/index.php?body=article_manifiesto&id_article=37